FCA logo

Planificación legal en casos de incapacidad | Legal Planning for Incapacity (Spanish)

P: ¿Cuáles son los problemas legales a analizar cuando un integrante de la familia padece la enfermedad de Alzheimer u otro trastorno cerebral?

Hay distintos problemas legales que se deben tomar en cuenta cuando una persona esté incapacitada (o pueda estarlo en el futuro):

  • La gestión de los asuntos financieros de dicha persona a lo largo de su vida;
  • La gestión del cuidado de dicha persona, por ejemplo, las decisiones médicas, el lugar de residencia, el ingreso en un centro especializado, etc.;
  • El pago de la atención a largo plazo, seguros privados, Medicare, Medicaid (Medi-Cal en California) y la Seguridad de Ingreso Suplementario (Supplemental Security Income, SSI);
  • La protección del patrimonio familiar, garantizar que el cónyuge y la familia del paciente cuenten con la debida protección; y
  • La distribución de los bienes del paciente después de su fallecimiento.

P: ¿Cuándo se debe consultar a un abogado?

Debe consultársele lo más pronto posible. Mientras el paciente aún disponga de capacidad legal para tomar sus propias decisiones, tendrá a su disposición el máximo de opciones de planificación. El asunto de la capacidad es complejo y las decisiones deben atenerse a cada caso en particular.

P: ¿Cuáles son las opciones disponibles para la gestión de bienes?

Hay distintas opciones para la gestión del patrimonio, entre ellas las siguientes:

  • Poderes de duración indeterminada
  • Fideicomisos en vida revocables
  • Designación de una persona responsable de hacer los cobros y
  • Curaduría del patrimonio y de la persona.

Cada una de ellas tiene sus ventajas y desventajas, las cuales se deben analizar exhaustivamente con el abogado. Además, en lo referente a las decisiones médicas, deberá sopesar la utilización de un poder de duración indeterminada para fines de atención médica, disposiciones para los médicos y la curaduría de la persona.

P: ¿Cuáles son las opciones de pago para la atención a largo plazo?

Investigue en primer lugar si existen seguros privados que cubran la atención a largo plazo, bien sea en el hogar o en un centro especializado. Examine también los programas de ayuda gubernamental a los que pudiera tener derecho el paciente, como Medicare, Medicaid o Medi-Cal, Seguridad de Ingreso Suplementario y los Servicios de Apoyo en el Hogar (In-Home Supportive Services, IHSS).

P: ¿Qué se puede hacer para proteger los bienes si el paciente necesita atención permanente en un centro especializado?

Pueden emplearse distintas estrategias de planificación para proteger su patrimonio si existe el derecho a la ayuda de Medi-Cal. La estrategia más indicada dependerá de las circunstancias propias de cada persona, es decir, el estado civil, la capacidad mental, la edad y el estado de salud del paciente.

  • Conversión de los bienes no exentos a bienes exentos
  • Traspaso del domicilio familiar al cónyuge
  • Traspaso de la residencia principal, con retención del patrimonio vitalicio
  • Aplicación de decisiones judiciales para incrementar la cantidad de recursos o ingresos, o ambos, que pueda conservar el cónyuge de la persona ingresada en un centro especializado
  • Fideicomisos
  • Obsequio de bienes.

Cada una de estas opciones tiene implicaciones importantes y se deben analizar exhaustivamente con un abogado que conozca la legislación vigente sobre Medicaid o Medi-Cal.

Glosario

Albacea testamentario. La persona designada en un testamento que tendrá la responsabilidad de administrar el patrimonio durante el período de convalidación. El albacea testamentario es la persona responsabilizada de garantizar que se paguen todos los impuestos y demás gastos, y de distribuir los bienes del fallecido de conformidad con el testamento.

Apoderado. La persona nombrada como agente en un poder de duración indeterminada. No es necesario que dicha persona sea abogado.

Beneficiario. La persona que recibe los beneficios de una transacción; por ejemplo, el beneficiario de una póliza de seguro de vida, el beneficiario de un fideicomiso, el beneficiario de un testamento.

Beneficios de jubilación de la Seguridad Social. Beneficios que reciben los trabajadores con derecho a los mismos, así como sus familiares, cuando el trabajador se jubila. Para tener derecho a los beneficios, es necesario que el trabajador haya trabajado durante determinado período de tiempo en un empleo cubierto por la Seguridad Social. El trabajador debe tener una edad mínima de 62 años para recibir los beneficios de la jubilación.

Beneficios por incapacidad de la Seguridad Social. Beneficios de la Seguridad Social que reciben los trabajadores incapacitados y sus familias.

Convalidación. Procedimiento judicial que fiscaliza la gestión del patrimonio sucesoral de una persona fallecida. Los testamentos están sujetos a convalidación, mientras que los fideicomisos en vida no lo están (si cuentan con el financiamiento necesario).

Copropiedad sobre un inmueble. Forma de propiedad de dos o más personas designadas como “copropietarios”. Al fallecer uno de ellos, sus derechos de propiedad pasan automáticamente al copropietario superviviente, con independencia del testamento del copropietario fallecido, y sin necesidad de someterse a la convalidación.

Curador. La persona designada por el tribunal para actuar en nombre de una persona incapacitada.

Curaduría. Procedimiento judicial en el cual el tribunal supervisa la gestión de los intereses de una persona incapacitada y la atención personal que reciba.

Disposición de no mantener la vida artificialmente. Documento escrito en que una persona expone el deseo de morir en condiciones naturales y de que no se le mantenga viva por medios artificiales. En contraste con el poder de duración indeterminada para fines de atención médica, la voluntad expresada en este documento no tiene fuerza legal en California.

Disposiciones para los médicos. Documento escrito en el que una persona expone sus deseos de que no se utilicen, o se retiren en ciertas circunstancias, los procedimientos de prolongación de la vida. De acuerdo con la ley, dicho documento debe reunir determinados requisitos para que sea válido.

Fideicomisario. La persona responsable de gestionar los bienes del fideicomiso en beneficio del beneficiario.

Fideicomiso en vida revocable. Documento en que se describe cierta propiedad, se nombra a un fideicomisario (quien administra la propiedad) y se designa a un beneficiario que recibirá los beneficios del fideicomiso. El fideicomiso en vida es un medio eficaz para evitar la convalidación y permitir la gestión de los bienes. La persona que lo otorgó lo puede revocar en cualquier momento de su vida.

Fideicomiso irrevocable. Fideicomiso cuyos términos y condiciones no se pueden modificar.

Fideicomiso para fines especiales (Special Needs Trust). Documento especialmente redactado en que se establece un fideicomiso como complemento de los beneficios gubernamentales que reciba un beneficiario, sin afectar el derecho de dicho beneficiario a recibir beneficios públicos.

Impuestos federales sobre el patrimonio sucesoral. Impuesto a pagar en caso de muerte siempre que el patrimonio sucesoral supere la cifra de $650.000 (según la legislación vigente a partir de 1999), y que se calcula a partir del valor del patrimonio de la persona para el momento de su fallecimiento.

Mandante. La persona que crea un fideicomiso.

Medicaid. Nombre que se da al programa equivalente a Medi-Cal en otros estados, aparte de California.

Medi-Cal. Programa con financiamiento estatal y federal que ofrece atención médica a personas de bajos ingresos.

Medicare. Programa federal de cobertura médica a personas mayores de 65 años o en estado de incapacidad. Se financia mediante los pagos de la Seguridad Social y carece de restricciones basadas en ingresos o recursos.

Patrimonio vitalicio. Interés en la propiedad inmobiliaria que perdura mientras viva el titular del patrimonio vitalicio. Al fallecer el titular del patrimonio vitalicio, la propiedad pasa al titular del resto del interés sobre la propiedad, sin necesidad de convalidación.

Poder de duración indeterminada para efectos de bienes. Documento en que una persona (el “mandante”) designa a otra como agente suyo (el apoderado) para que realice transacciones financieras en su nombre. Dicho documento puede ser “de entrada en vigor condicionada”, lo que significa que sólo tendrá validez en caso de incapacidad del mandante, o “no condicionado”, lo que quiere decir que el documento adquiere validez una vez suscrito.

Poder de duración indeterminada para fines de atención médica. Documento en el que una persona designa a otra como agente para que tome en su nombre las decisiones relativas a la atención médica, en caso de que no esté en condiciones de dar personalmente su consentimiento. Dicho documento puede otorgar al agente la potestad de retirar o mantener los procedimientos dirigidos a prolongar la vida.

Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI). Programa federal que brinda ayuda en efectivo a los ancianos, invidentes e incapacitados que dispongan de escasos ingresos y recursos.

Servicios de Apoyo en el Hogar (In-Home Supportive Services, IHSS). Programa estatal que cubre el costo de los servicios no médicos para determinadas personas que reúnan determinados requisitos económicos y que no podrían permanecer en el hogar en condiciones de seguridad si no recibieran dichos servicios.

Sujeto de la curaduría. La persona incapacitada a cuyo nombre se ha formalizado en un documento de curaduría.

Testador. La persona que suscribe un testamento.

Testamento. Documento suscrito por una persona en que ésta expone cómo quiere que se administre y se distribuya su patrimonio después de su muerte. Debe ajustarse a determinados requisitos legales para que tenga validez. Lo dispuesto en el testamento sólo se ejecutará después de fallecer el testador.

Referencias

Este boletín informativo lo escribió Harriet P. Prensky, abogada. La Sra. Prensky es especialista en la legislación sobre ancianos y está certificada por la National Academy of Elder Law Foundation. Es copropietaria del bufete jurídico de Prensky & Tobin, de Mill Valley, California, y se especializa en los problemas legales de los ancianos e incapacitados, la planificación del patrimonio y la convalidación de testamentos. Es integrante de la asociación profesional National Academy of Elder Law Attorneys y con frecuencia da conferencias sobre los problemas legales de los ancianos ante el Colegio de Abogados del Estado, al igual que ante otras organizaciones jurídicas y comunitarias.

Organizaciones

Family Caregiver Alliance
National Center on Caregiving
San Francisco, CA 94103
(415) 434-3388
(800) 445-8106
Sitio web: caregiver.org
Correo electrónico: info@caregiver.org

Family Caregiver Alliance brinda apoyo y asistencia a los cuidadores de adultos con trastornos cerebrales, por medio de programas de educación, investigación científica, servicios y defensa de sus intereses.

La oficina de información de la FCA abarca aspectos actuales de carácter médico, social, de políticas públicas y de cuidados relacionados con los trastornos cerebrales.

Para los residentes de la zona metropolitana de la Bahía de San Francisco, la FCA proporciona servicios de apoyo familiar directo a los cuidadores de personas con la enfermedad de Alzheimer, apoplejía, traumatismos craneales, enfermedad de Parkinson y otros trastornos cerebrales debilitantes que afectan a los adultos.

State Bar of California
180 Howard Street
San Francisco, CA 94105-1639
(415) 538-2000

Sección de servicios de designación de abogados y servicios legales, Subcomité sobre los problemas legales de los ancianos

National Academy of Elder Law Attorneys
1604 No. Country Club Rd.
Tuscon, AZ 85716
(520) 881-4005
www.naela.com

Información sobre cómo elegir un abogado especializado en la legislación sobre ancianos, y datos de dichos abogados.

California Advocates for Nursing Home Reform (CANHR)
1610 Bush Street
San Francisco, CA 94109
(415) 474-5171
(800) 474-1116 (en California)
www.canhr.org

CANHR (Abogados de California en favor de la Reforma de las Residencias de Ancianos) brinda en toda California servicios de defensa de intereses, educación de los consumidores e información legal sobre los problemas relacionados con los hogares geriátricos.


Preparado por Family Caregiver Alliance, en colaboración con los centros California’s Caregiver Resource Centers, un sistema de recursos que abarca todo el estado y que está al servicio de los familiares y cuidadores de adultos con trastornos cerebrales. Actualizado en noviembre de 1999. © Todos los derechos reservados.